Pasajes más caros: aumento del 565% en las tasas de cabotaje
Viajar en avión por el país será más costoso a partir de este fin de semana. El Gobierno nacional dispuso un fuerte incremento en la Tasa de Seguridad de la Aviación, el cargo impositivo que se aplica sobre los pasajes aéreos para financiar el servicio de control y prevención que brinda la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).
La medida fue oficializada a través de la Resolución 565, publicada en el Boletín Oficial, y establece una actualización del 565% sobre el valor que pagan los usuarios. Según justificaron desde el Ministerio de Seguridad de la Nación, los importes se encontraban congelados desde enero de 2023 y resultaba urgente adecuarlos frente al aumento de los costos operativos de la fuerza.
El nuevo esquema de precios comenzará a regir de manera obligatoria para todos los pasajes que se emitan a partir de este sábado 27 de junio de 2026:
Vuelos de cabotaje (nacionales): El valor del impuesto saltará de $260 a $1.725 por pasajero.
Vuelos regionales e internacionales: El costo se mantendrá congelado en US$1,40, por lo que el impacto económico real se sentirá casi con exclusividad en el mercado aerocomercial interno.
A qué vuelos alcanza y cuál es el fin del impuesto
Este tributo, creado originalmente en 2006 bajo la Ley 26.102, se le cobra a todos los usuarios que embarquen en vuelos regulares desde las terminales que integran el Sistema Nacional de Aeropuertos. Los fondos recaudados se destinan de manera directa a financiar las tareas de seguridad en las terminales y la prevención de actos de interferencia ilícita en la aviación civil. Con la nueva actualización, las aerolíneas que operan en el país deberán incorporar el nuevo monto al valor de la tarifa final en las cotizaciones de sus páginas web.
Pasajeros exentos: quiénes no deben pagar la tasa
La normativa vigente mantiene una serie de excepciones específicas para determinados perfiles de usuarios. Los pasajeros exentos de pagar la tasa son los siguientes:
Menores de edad: Niños menores de 3 años en vuelos de cabotaje y menores de 2 años en vuelos internacionales o regionales.
Diplomáticos: Personal de delegaciones extranjeras debidamente acreditado.
Pasajeros en tránsito: Aquellos viajeros que realicen una escala técnica y continúen el trayecto en el mismo avión sin dar por finalizado su viaje.
Aeronaves públicas: Quienes se trasladen en vuelos oficiales con fines policiales, militares, sanitarios o aduaneros.