Defensa del Consumidor sancionó a una empresa con una multa millonaria
Defensa del Consumidor de Mendoza aplicó una multa de $4.729.038 a Beltran Network SAS, titular del comercio identificado como Netbeam, luego de un reclamo iniciado por una consumidora ante la Municipalidad de Maipú.
La sanción quedó establecida mediante la Resolución 196-EX/2026, emitida el 1 de junio de 2026, dentro del expediente EX-2026-00774481-GDEMZA-DEFCONSUMIDOR.
El organismo provincial determinó que la firma incurrió en incumplimientos contemplados por la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor, relacionados con la información que debe recibir el consumidor, las condiciones de contratación y el cumplimiento de las modalidades ofrecidas.
Por qué Defensa del Consumidor aplicó la multa
La resolución señala que Beltran Network SAS incurrió en infracciones a los artículos 4, 10 ter y 19 de la Ley 24.240.
Estos artículos establecen obligaciones vinculadas con distintos aspectos de la relación entre las empresas y los consumidores.
En particular, el artículo 4 está relacionado con el deber de información, mientras que el artículo 10 ter contempla aspectos vinculados con las condiciones de contratación.
El artículo 19, por su parte, establece obligaciones respecto del cumplimiento de las modalidades y condiciones en las que fueron ofrecidos los servicios o productos.
La actuación administrativa se inició a partir de una presentación realizada ante la Municipalidad de Maipú, que dio origen al expediente posteriormente tramitado por la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza.
De cuánto es la multa y cómo se determinó
El monto establecido por el organismo provincial asciende a $4.729.038.
La resolución utilizó como referencia el valor de tres Canastas Básicas Totales correspondientes a un hogar de tres integrantes, según los valores publicados por el INDEC al momento de establecerse la sanción.
Este parámetro se encuentra contemplado dentro de los criterios previstos por el artículo 47 de la Ley 24.240 para determinar las sanciones aplicables ante infracciones a la normativa de defensa de los consumidores.
De esta manera, la multa no fue fijada únicamente como una suma arbitraria, sino dentro de los criterios contemplados por el régimen nacional para establecer este tipo de sanciones.
Cuándo deberá pagar la empresa y qué posibilidad tiene de recurrir
La resolución establece que Beltran Network SAS deberá abonar la multa dentro de los 15 días contados a partir de la notificación del acto administrativo.
El pago deberá realizarse mediante el depósito correspondiente en la cuenta de la Cuenta Ley 5547.
Una vez efectuado el depósito, la empresa deberá acreditar el comprobante ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza, de acuerdo con el procedimiento establecido en la resolución.
La firma también cuenta con la posibilidad de presentar un recurso de revocatoria dentro de los 15 días posteriores a la notificación.
Sin embargo, el propio acto administrativo aclara que la presentación de ese recurso no suspende la ejecución de la sanción.
La empresa también quedará incorporada al Registro de Infractores
La resolución no contempla solamente una sanción económica.
La Dirección de Defensa del Consumidor dispuso además que el acto sea incorporado a su Registro de Resoluciones y que Beltran Network SAS sea inscripta en el Registro de Infractores del organismo provincial.
Esta medida forma parte de las herramientas administrativas previstas para dejar constancia de las sanciones aplicadas por incumplimientos a la normativa de defensa del consumidor.
La normativa también contempla la posibilidad de que las resoluciones condenatorias sean publicadas, ya sea de manera completa o mediante una síntesis que incluya los hechos analizados, las infracciones constatadas y las sanciones correspondientes.
Por el momento, la resolución establece el procedimiento que deberá seguir la empresa frente a la sanción económica y deja abierta la posibilidad de que presente el recurso administrativo correspondiente dentro del plazo previsto.