Sociedad Por: Redacción Mendoza Times13 de octubre de 2026

Zona fría: qué cambia en Mendoza con la nueva ley de Milei

La reforma modifica las condiciones para acceder a los descuentos en las facturas de gas. Malargüe conservará un tratamiento diferencial, mientras que en el resto de la provincia la continuidad del beneficio dependerá de los ingresos.
gas zona fria

El acceso a los descuentos de gas por Zona Fría en Mendoza tendrá nuevas condiciones tras la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei. La modificación establece criterios económicos y sociales para determinar qué usuarios podrán conservar las bonificaciones, mientras que Malargüe seguirá incluido en el esquema diferencial.

La medida quedó establecida mediante la Ley 27.828, sancionada por el Congreso el 24 de septiembre y publicada en el Boletín Oficial el 13 de octubre. La normativa introduce cambios en el régimen establecido por la Ley 27.637 y mantiene la vigencia del sistema de subsidios hasta el 31 de diciembre de 2031.

Qué pasará con los descuentos de gas en Mendoza

La reforma distingue entre Malargüe y el resto de los departamentos mendocinos alcanzados por la ampliación del régimen. El departamento sureño continuará incluido entre las zonas beneficiarias, junto con la Patagonia y la Puna.

En los demás puntos de la provincia, la bonificación adicional quedará sujeta al Régimen de Subsidios Focalizados. Por lo tanto, la ubicación geográfica ya no será el único factor determinante para acceder al descuento.

Según cifras de Ecogas difundidas durante el debate legislativo, 421.965 usuarios mendocinos están comprendidos actualmente en el beneficio. De ese total, 218.922 reciben una bonificación del 30% y otros 203.043 cuentan con una reducción del 50% en sus facturas.

La continuidad de estos descuentos dependerá de los requisitos previstos en la legislación y de la implementación del nuevo esquema.

Cuáles son los requisitos para mantener el beneficio

Uno de los criterios establecidos contempla a los hogares cuyos ingresos netos totales no superen las tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2, según los valores publicados por el Indec.

La normativa también incluye situaciones sociales específicas. Entre ellas, figuran los hogares con integrantes que tengan un Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, una pensión vitalicia para veteranos de la Guerra de Malvinas o un Certificado Único de Discapacidad (CUD).

En los casos vinculados con discapacidad, la Secretaría de Energía deberá evaluar si esa condición genera una necesidad de asistencia económica para afrontar los servicios energéticos.

Además de cumplir con los criterios correspondientes, los usuarios deberán estar incorporados al régimen de subsidios focalizados y residir en las subzonas bioambientales contempladas por la norma, identificadas como IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI.

La ley no fija un porcentaje único de descuento para todos los beneficiarios ni detalla cómo se realizará la transición de quienes ya reciben la tarifa diferencial.

Cómo se financiarán los subsidios y qué otros cambios habrá

La reforma modifica el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, que financia las compensaciones tarifarias. Sus recursos provendrán de un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, con excepciones previstas para determinadas operaciones.

El Poder Ejecutivo podrá modificar ese porcentaje hasta un 50% por encima o por debajo del valor establecido. El dinero recaudado se destinará a financiar las compensaciones de las regiones que conservan el tratamiento especial y las bonificaciones adicionales del régimen focalizado.

En paralelo, la Ley 27.828 incorpora modificaciones en el mercado energético. Para el gas natural, prevé el traslado automático a las tarifas de los costos de adquisición del combustible cuando surjan de procesos competitivos, según la reglamentación correspondiente.

En el sector eléctrico, también contempla mecanismos para compensar determinadas diferencias de ingresos de las distribuidoras con obligaciones pendientes ante Cammesa. A su vez, establece que las facturas deberán detallar los componentes del costo del servicio y limita la inclusión de tributos locales y cargos ajenos al suministro, con excepciones específicas.

Así, los cambios no se limitan a la tarifa de gas en Mendoza, sino que abarcan aspectos del financiamiento de los subsidios y del funcionamiento del sistema energético nacional.

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