Mendoza prohíbe los deportes extremos en el Aconcagua durante la temporada alta
La práctica de deportes extremos en el Parque Provincial Aconcagua tendrá restricciones durante el verano mendocino. La Dirección de Áreas Protegidas, dependiente del Ministerio de Energía y Ambiente, estableció una prohibición entre el 20 de diciembre y el 1 de febrero, con el objetivo de preservar la seguridad de los visitantes y evitar una sobrecarga en los servicios de emergencia.
La disposición alcanza a las actividades que presentan riesgos elevados y requieren recursos especiales para su desarrollo. Entre ellas se encuentran el ascenso por la Pared Sur del Aconcagua, el esquí sobre glaciares, el parapente y el salto BASE.
La medida no modifica las condiciones generales para practicar senderismo y andinismo tradicional dentro del área protegida.
Por qué restringen las actividades de alto riesgo
La decisión responde al incremento de visitantes durante las semanas de mayor actividad turística, cuando también crece la demanda de asistencia médica, controles y operaciones de rescate en la montaña.
Según explicó el director de Áreas Protegidas, Iván Funes Pinter, durante ese período los equipos deben contar con recursos suficientes para responder a posibles emergencias en distintos sectores del parque.
Las prácticas deportivas extremas pueden requerir operativos especiales y evacuaciones por tierra o mediante helicópteros, cuya disponibilidad es limitada. Por eso, la regulación busca evitar que estas actividades comprometan la capacidad de respuesta de los equipos de rescate y del personal que trabaja en el lugar.
Cuándo se podrán solicitar permisos especiales
La normativa contempla dos períodos en los que podrán tramitarse autorizaciones excepcionales: del 1 de noviembre al 20 de diciembre y del 1 de febrero al 30 de abril.
Los interesados deberán presentar la documentación con una anticipación mínima de 30 días hábiles, sin excepciones. Cada solicitud será evaluada por la Dirección de Áreas Protegidas, que determinará la fecha habilitada para realizar la actividad.
Además, los responsables tendrán que informar las rutas, los itinerarios y los cronogramas previstos. Cualquier modificación deberá comunicarse previamente y contar con la aprobación expresa de la autoridad competente.
Qué sanciones habrá por incumplir la prohibición
Quienes realicen actividades restringidas o incumplan las condiciones de los permisos podrán enfrentar la suspensión inmediata de la actividad y la inhabilitación para gestionar nuevas autorizaciones durante la temporada en curso.
Las actuaciones también podrán remitirse para la aplicación de las sanciones previstas en la Ley Provincial 6045 de Áreas Naturales Protegidas.
Con esta disposición, el Gobierno provincial busca ordenar las prácticas deportivas de mayor exigencia dentro del Parque Provincial Aconcagua y priorizar la disponibilidad de los recursos médicos y de rescate durante las semanas de mayor concurrencia.