
Mendoza reglamentó la investigación sobre cannabis medicinal
Redacción Mendoza TimesMendoza oficializó el procedimiento que deberán cumplir los proyectos vinculados al cannabis medicinal y al cáñamo industrial, con una normativa que regula su presentación, evaluación, aprobación y fiscalización. La medida busca establecer un marco único para garantizar investigaciones con criterios científicos, sanitarios y ambientales.
La disposición fue establecida mediante la Resolución 428 del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, en el marco de la Ley Provincial 9.617, y también crea un esquema de seguimiento permanente a través del Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial.
Qué proyectos podrán desarrollarse y quiénes podrán presentarlos
La nueva reglamentación habilita a presentar iniciativas a universidades públicas y privadas, organismos estatales de ciencia y tecnología, instituciones educativas, laboratorios autorizados y personas físicas o jurídicas que acrediten convenios de colaboración científica con entidades reconocidas.
Las investigaciones podrán abarcar aplicaciones medicinales, terapéuticas, veterinarias, nutricionales y cosméticas, además de proyectos vinculados al cáñamo industrial, como la producción de fibras, biomateriales, bioplásticos, materiales para la construcción y otros bioinsumos.
También se contemplan propuestas de innovación tecnológica, programas académicos, prácticas profesionalizantes y proyectos de transferencia de conocimiento.
Evaluación obligatoria, controles e informes periódicos
Antes de recibir autorización, cada proyecto deberá atravesar una evaluación científica obligatoria, donde se analizarán aspectos como la metodología, la viabilidad técnica, los protocolos de bioseguridad y el impacto potencial de la investigación.
Una vez aprobado, será obligatorio inscribirlo en el Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial, requisito indispensable para iniciar cualquier actividad.
Además, cada iniciativa deberá presentar una estructura mínima con los siguientes componentes:
| Requisitos obligatorios |
|---|
| Título y resumen ejecutivo |
| Justificación del proyecto |
| Marco teórico |
| Objetivos |
| Metodología |
| Aspectos éticos |
| Bibliografía |
| Plan de trabajo, recursos y cronograma |
| Antecedentes del equipo investigador |
| Resultados esperados |
Los responsables también deberán presentar informes trimestrales de avance y permitir inspecciones para verificar el cumplimiento de las condiciones de bioseguridad, trazabilidad y protección de datos.
La resolución incorpora un régimen de sanciones para quienes incumplan las obligaciones, con medidas que pueden ir desde apercibimientos y multas hasta la suspensión de proyectos, el decomiso de materiales, la clausura de establecimientos o plantaciones y la revocación de la inscripción provincial en los casos más graves.


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