
Mendoza reglamentó la ley de arbolado: habrá más controles y multas
Redacción Mendoza Times
El Gobierno de Mendoza avanzó con la reglamentación de la Ley 9702, que establece nuevas reglas para la protección y administración del arbolado público en toda la provincia. El esquema busca ordenar las tareas municipales, unificar criterios ambientales y mejorar el seguimiento de cada ejemplar mediante herramientas digitales.
A partir de la nueva normativa, los municipios serán responsables del mantenimiento, conservación, fiscalización y control de los árboles ubicados en calles, avenidas, plazas y paseos. La Provincia, en tanto, fijará los criterios ambientales generales y supervisará su aplicación a través de la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque.
Los municipios deberán planificar el arbolado a cuatro años
Uno de los principales cambios será la obligación de elaborar un Plan de Manejo Integral del Arbolado Público cada cuatro años. El documento tendrá carácter de declaración jurada y deberá establecer las acciones que cada comuna prevé realizar durante ese período.
Entre otros puntos, los planes deberán contemplar riego, poda, reforestación, manejo sanitario, reemplazo de ejemplares, reacondicionamiento de nichos y acequias, además de protocolos específicos para árboles que presenten riesgo y previsiones sobre obras que puedan afectar el arbolado.
La reglamentación también establece una compensación concreta: por cada árbol que sea erradicado deberán plantarse al menos tres nuevos ejemplares. La cantidad podrá ser incluso mayor cuando se trate de árboles de gran edad, tamaño o valor ambiental.
“Mi Árbol” será el registro digital de toda la provincia
La plataforma “Mi Árbol” continuará funcionando como sistema oficial para reunir la información sobre el arbolado mendocino. Los municipios deberán registrar allí las erradicaciones, talas y nuevas plantaciones y mantener los datos actualizados.
Las comunas del Gran Mendoza que ya utilizan el sistema deberán actualizar sus registros, mientras que los municipios que todavía no cuentan con un censo dispondrán de 90 días corridos desde la creación de su usuario para comenzar a cargar la información.
El sistema permitirá además realizar un seguimiento de las intervenciones, generar reportes y facilitar el acceso ciudadano a información sobre el patrimonio forestal.
Qué árboles podrán ser erradicados
La nueva reglamentación limita la eliminación de ejemplares a situaciones que cuenten con justificación técnica. Entre ellas aparecen la muerte o el deterioro irreversible, problemas graves de estabilidad, determinadas enfermedades incurables y daños sobre infraestructura que no puedan resolverse mediante otras alternativas.
En cambio, no serán motivos suficientes para eliminar un árbol la caída de hojas o flores, las alergias estacionales ni la obstrucción de carteles o fachadas comerciales cuando existan soluciones de manejo que permitan conservarlo.
Además, las tareas de poda, extracción y manipulación del arbolado seguirán reservadas a las autoridades competentes. Los particulares podrán informar problemas como falta de riego, enfermedades, plagas o intervenciones irregulares a través de los canales oficiales.
Habrá un procedimiento especial para los árboles peligrosos
Cuando un ejemplar presente un riesgo inminente de caída y pueda poner en peligro a las personas, los municipios deberán actuar de manera inmediata. Una vez realizada la extracción, deberán elaborar un informe técnico acompañado por fotografías y remitirlo a la autoridad provincial correspondiente.
La reglamentación también incorpora criterios vinculados con la adaptación al ambiente urbano. Para seleccionar nuevas especies se tendrán en cuenta factores como la generación de sombra, el desarrollo de la copa, la resistencia al estrés urbano y sanitario y la ausencia de características que puedan generar riesgos.
Nuevas multas y un certificado para los municipios
El régimen incorpora un Certificado de Gestión del Arbolado Público, que tendrá vigencia anual y acreditará que cada municipio cumple con los estándares técnicos establecidos. Contar con esta certificación será necesario para acceder a los beneficios vinculados con el Fondo Forestal.
Las infracciones estarán divididas en leves, graves y muy graves, con sanciones que pueden incluir apercibimientos, multas y obligaciones de reparación o compensación. Entre las conductas consideradas graves aparecen las podas no autorizadas, el daño a las raíces, la cementación de nichos y las erradicaciones sin permiso.
En los casos más severos, como la destrucción de dos o más árboles, los desmoches de gran intensidad o el envenenamiento de ejemplares, podrán aplicarse sanciones por infracciones muy graves. Con este nuevo esquema, la Provincia busca combinar mayor control, planificación y tecnología para preservar el arbolado como parte del patrimonio ambiental de Mendoza.


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