Rechazaron el hábeas corpus de 1.900 presos en Cacheuta

Tras las quejas por sobrepoblación, falta de colchones y requisas violentas, un juez recorrió los pabellones y no avaló el reclamo colectivo de los internos.
Mendoza30 de mayo de 2026Redacción Mendoza TimesRedacción Mendoza Times

El Juzgado Penal Colegiado N° 2 de Mendoza resolvió rechazar el hábeas corpus correctivo y colectivo que había sido presentado en representación de los 1.900 internos alojados en el complejo penitenciario Almafuerte, ubicado en la localidad de Cacheuta, Luján de Cuyo. La acción judicial denunciaba un presunto agravamiento de las condiciones de detención y fallas estructurales en los servicios básicos.

ALMAFUERTE CARCEL PENAL PENITENCIARIO

La presentación original había sido efectuada por la abogada María Elena Quintero, quien advirtió sobre un supuesto escenario de colapso edilicio, falta de agua potable y caliente, carencia de colchones, desatención médica, trabas en el acceso a la educación y la ejecución de requisas extremadamente violentas en horarios nocturnos. La denuncia también remarcaba problemas de sobrepoblación y el traslado de internas trans a módulos de máxima seguridad.

Inspecciones presenciales en los pabellones

Ante la gravedad de las acusaciones, el juez Diego Flamant encabezó una serie de inspecciones oculares y presenciales en los diferentes módulos del penal de máxima seguridad para verificar la veracidad de los reclamos. Durante los recorridos, las comitivas judiciales controlaron la capacidad de las celdas, el suministro de los servicios y entrevistaron a los reclusos.

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De acuerdo con la resolución del tribunal, las actas de inspección arrojaron los siguientes resultados:

  • Suministro de agua: Se constató que los surtidores de los módulos funcionan correctamente, el agua no presenta turbiedad y las duchas cuentan con agua caliente provista por termotanques que operan con capacidad normal.

  • Climatización e higiene: Se comprobó el funcionamiento de los sistemas de calefacción y la existencia de planes de contingencia, además de acreditarse la entrega mensual de insititucionales de kits de higiene.

  • Atención sanitaria: El complejo dispone de guardias médicas presenciales todos los días de 8:00 a 20:00 horas, con cobertura telefónica para emergencias durante la noche.

  • Comunicaciones: Tras la prohibición del uso de teléfonos celulares, se verificó la instalación de mecanismos alternativos y la ampliación del régimen de visitas, que pasaron de ser quincenales a semanales.

Los fundamentos del fallo judicial

Al momento de argumentar el rechazo de la medida, el juez Flamant valoró que varios de los puntos señalados por la querella ya habían sido tratados y resueltos en expedientes judiciales anteriores, encontrándose actualmente normalizados (como el caso del servicio de alimentación).

Asimismo, el magistrado detalló que los testimonios de los propios internos fueron heterogéneos y contradictorios. Mientras algunos reclusos denunciaban escasez en determinados sectores, otros convivientes del mismo pabellón afirmaban que los servicios respondían de manera adecuada. Esta falta de uniformidad impidió al tribunal acreditar una situación de precariedad generalizada o sistemática que justificara la procedencia de un hábeas corpus colectivo.

Directivas para el Servicio Penitenciario

A pesar de no hacer lugar al recurso de la defensa, el juzgado incluyó en su fallo un listado de exigencias y recomendaciones destinadas a las autoridades del Servicio Penitenciario de Mendoza para garantizar los derechos de la población carcelaria.

Entre las disposiciones, el magistrado ordenó asegurar la provisión inmediata de colchones y mantas en los sectores donde se detecten faltantes puntuales, sugirió ampliar la cantidad de camastros disponibles en las celdas y solicitó formalmente extender los cupos y las posibilidades de acceso a los programas de educación formal para los internos.

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