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title: "El IPV flexibilizó un trámite para acceder a la vivienda"
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description: "Una resolución del IPV modificó el procedimiento para personas con discapacidad y permite avanzar con la preadjudicación sin esperar la sentencia judicial."
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date_published: "2026-07-10T08:10:00-03:00"
date_modified: "2026-07-10T11:48:06-03:00"
tags:
  - "IPV"
  - "Personas con discapacidad"
  - "Trámite"
  - "VIvienda"
author_name: "Redacción Mendoza Times"
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category_name: "Sociedad"
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# El IPV flexibilizó un trámite para acceder a la vivienda

### **El Instituto Provincial de la Vivienda [(IPV)](https://mendozatimes.com.ar/tema/657/ipv)** modificó uno de los procedimientos de sus planes habitacionales para evitar demoras que podían impedir el acceso a una casa de [personas con discapacidad](https://mendozatimes.com.ar/tema/659/personas-con-discapacidad). A partir de la nueva normativa, ya no será necesario esperar la sentencia judicial definitiva para avanzar con la **preadjudicación** de la vivienda, siempre que se acredite el inicio del trámite correspondiente.

La modificación fue oficializada mediante la **Resolución N° 840**, publicada en el Boletín Oficial, y será de aplicación obligatoria en los programas habitacionales vigentes y futuros del organismo.

Qué cambia con el nuevo procedimiento del IPV

Hasta ahora, la falta de una resolución judicial firme sobre las figuras de apoyo podía demorar o incluso frenar el avance de un expediente habitacional.

Con la nueva normativa, **la constancia que acredita el inicio del trámite judicial será suficiente para habilitar la preadjudicación o el Cierre Social de la vivienda** cuando se trate de personas con discapacidad certificada que requieran un sistema de apoyos.

La resolución también establece que la **sentencia definitiva** será exigida recién antes de la escrituración y de la constitución de la hipoteca. Mientras tanto, las áreas sociales del IPV realizarán el seguimiento de cada caso.

Además, cuando el postulante no cuente con representación legal, la **Gerencia de Gestión Social** deberá brindarle asesoramiento y derivarlo a la **Asesoría de Niños, Niñas, Adolescentes y Personas con Capacidad Restringida** del Ministerio Público de la Defensa para facilitar el trámite.

El objetivo de la medida y qué ocurrirá antes de escriturar

Desde el organismo explicaron que la modificación busca **eliminar trabas administrativas** y evitar que los tiempos de la Justicia terminen perjudicando el acceso a la vivienda de personas en situación de vulnerabilidad.

La resolución se fundamenta en la **Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad**, que establece la obligación del Estado de garantizar el acceso a la vivienda sin discriminación y promover sistemas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica.

Para resguardar el sistema habitacional, el IPV incorporará una **cláusula especial** en los contratos de adjudicación. Allí se establecerá la obligación de presentar la sentencia judicial firme antes de la escrituración definitiva, requisito indispensable para constituir la hipoteca sobre la vivienda.

En caso de incumplimiento, el contrato podrá resolverse de pleno derecho y el organismo quedará facultado para recuperar el inmueble conforme a la normativa vigente.

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