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title: "Mendoza adhirió al RIMI y lanzó un paquete de beneficios"
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description: "La Ley 9.718 incorpora a la provincia al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) y establece beneficios fiscales, financieros y administrativos."
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date_published: "2026-07-23T09:59:00-03:00"
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tags:
  - "Cornejo"
  - "Mendoza"
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author_name: "Redacción Mendoza Times"
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category_name: "Economía"
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# Mendoza adhirió al RIMI y lanzó un paquete de beneficios

![FAYAD Y CORNEJO](/download/multimedia.normal.ba89f77d10ad4be0.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*FAYAD Y CORNEJO*

El[**Gobierno de Mendoza**](https://mendozatimes.com.ar/categoria/1/politica) promulgó este jueves la **Ley 9.718**, una norma que busca impulsar nuevas inversiones productivas en la provincia mediante la adhesión al **Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)**, creado por la Ley Nacional 27.802.

La iniciativa establece un esquema de beneficios para las empresas que decidan desarrollar proyectos de inversión en territorio mendocino y, además, incorpora herramientas provinciales destinadas a facilitar el financiamiento, la radicación industrial y la generación de empleo.

La ley establece que las compañías que ingresen al régimen nacional podrán acceder, durante un período de **diez años**, a incentivos adicionales otorgados por Mendoza.

## **Beneficios fiscales y apoyo para nuevas inversiones**

Entre los principales puntos de la norma aparece la **estabilidad impositiva**, que garantiza a las empresas adheridas que no enfrentarán nuevos tributos provinciales ni modificaciones que incrementen su carga fiscal respecto de las condiciones existentes al momento de la incorporación al régimen.

Además, las compañías tendrán prioridad en diferentes programas provinciales vinculados al desarrollo productivo, entre ellos:

- Subsidios de tasas de interés y líneas de financiamiento.
- Programas de capacitación y asistencia técnica.
- Transferencia tecnológica.
- Iniciativas de promoción del empleo.
- Acceso preferencial a parques industriales y espacios destinados a la radicación de empresas.

La normativa también habilita planes especiales para el pago del **Impuesto de Sellos**, siempre que los contribuyentes cumplan con los requisitos fiscales establecidos por la Administración Tributaria Mendoza (ATM).

Para acceder a estos beneficios, las empresas deberán presentar un certificado de cumplimiento fiscal y la documentación requerida por la autoridad de aplicación.

## **Cambios en organismos provinciales y liquidación del Fondo para la Transformación**

Uno de los puntos centrales de la ley es la disolución de la **Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento**, organismo creado por la Ley 6.071.

El proceso estará a cargo del Ministerio de Hacienda y Finanzas, que deberá designar un liquidador encargado de administrar los bienes, resolver obligaciones pendientes y definir la situación del personal.

Mientras dure la liquidación, la administradora mantendrá su personalidad jurídica únicamente para completar ese proceso.

Además, las acciones que el organismo posee en **Mendoza Fiduciaria S.A.** pasarán al Gobierno provincial y serán administradas por el Ministerio de Hacienda.

La ley también establece que Mendoza Fiduciaria asumirá el rol de fiduciaria en los fideicomisos donde actualmente participa la administradora, salvo en el caso del **Parque de Servicios e Industrias Palmira (PASIP)**, donde el Ejecutivo podrá decidir si continúa Mendoza Fiduciaria o interviene la Municipalidad de General San Martín.

## **Reorganización del Instituto de Juegos y Casinos**

Otro de los capítulos de la norma apunta al **Instituto Provincial de Juegos y Casinos**, que contará con un plazo de un año para reorganizar su estructura interna con el objetivo de alcanzar el equilibrio económico y garantizar su sostenibilidad.

El organismo podrá modificar funciones, estructuras y puestos de trabajo, mientras que el Gobierno provincial podrá realizar aportes para sostener su funcionamiento.

La ley mantiene la obligación de destinar recursos a los programas de salud previstos por la normativa vigente.

En cuanto al personal, la norma contempla diferentes alternativas ante los cambios:

- Un régimen de retiro voluntario con una compensación equivalente al **120% de la indemnización correspondiente**.
- La posibilidad de reubicación voluntaria dentro de otros organismos estatales conservando antigüedad y una remuneración equivalente.
- La desvinculación con el pago de la indemnización prevista por la legislación laboral.

Quienes finalicen su relación laboral mediante retiro voluntario o desvinculación podrán continuar con la cobertura de la **Obra Social de Empleados Públicos (OSEP)** bajo las condiciones establecidas.

## **El objetivo del Gobierno: atraer inversiones y ordenar estructuras estatales**

Con la promulgación de la Ley 9.718, el Ejecutivo provincial busca combinar dos objetivos: por un lado, generar condiciones más atractivas para la llegada de inversiones privadas; y por otro, avanzar en una reorganización de organismos públicos vinculados al financiamiento, los activos estatales y el juego oficial.

La norma también autoriza al Gobierno a implementar nuevas herramientas de financiamiento, realizar reasignaciones presupuestarias y celebrar convenios con entidades públicas y privadas para promover proyectos productivos.

Además, invita a los municipios mendocinos a adherir al capítulo referido a los beneficios para inversiones.

La ley ya se encuentra vigente tras su publicación en el **Boletín Oficial de Mendoza**.

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