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title: "Mendoza ya cuenta con un nuevo sistema para responder a ciberataques"
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description: "La nueva normativa crea un centro de monitoreo, obliga a reportar incidentes y establece controles para proteger datos y servicios públicos esenciales."
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date_published: "2026-09-14T08:33:00-03:00"
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tags:
  - "ciberataques"
  - "Ciberseguridad"
  - "Ley 9726"
  - "Mendoza"
author_name: "Redacción Mendoza Times"
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category_name: "Mendoza"
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# Mendoza ya cuenta con un nuevo sistema para responder a ciberataques

La **ciberseguridad en Mendoza** cuenta desde ahora con un nuevo marco legal para prevenir ataques informáticos, responder ante incidentes y reducir el riesgo de que una falla comprometa sistemas públicos o información sensible.

Se trata de la **Ley 9726 de Ciberseguridad**, impulsada por el Ministerio de Seguridad y Justicia, sancionada el **2 de septiembre** y publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La norma alcanza principalmente al **Poder Ejecutivo provincial**, pero también incorpora obligaciones para empresas y terceros que presten servicios tecnológicos al Estado.

## La nueva estructura que tendrá Mendoza para enfrentar ataques informáticos

Uno de los cambios centrales es la creación del **Comité de Conducción Estratégica de Ciberseguridad (CCEC)**, que funcionará como autoridad de aplicación.

Entre sus responsabilidades estarán elaborar el **Plan Provincial de Ciberseguridad**, fijar estándares obligatorios, clasificar los sistemas según su nivel de riesgo y controlar que las medidas de protección sean cumplidas.

La ejecución técnica quedará a cargo de una **Autoridad de Ejecución Operativa**, que deberá implementar las herramientas para detectar, contener y responder ante amenazas.

La ley permite que estas tareas se desarrollen mediante estructuras estatales, empresas especializadas o esquemas mixtos, aunque la **supervisión y el control seguirán bajo responsabilidad de la Provincia**.

## Monitoreo permanente y un registro de los ataques

El sistema incorporará capacidades de **SOC y CSIRT**, destinadas al monitoreo de eventos de seguridad y a la respuesta especializada frente a incidentes.

Entre sus funciones estarán detectar ataques, analizar técnicamente las amenazas, contenerlas y colaborar en la recuperación de los sistemas afectados.

Cuando se trate de un incidente crítico, los equipos podrán adoptar medidas inmediatas para limitar su alcance, como **segmentar o aislar sistemas** para evitar que el problema se extienda hacia otros organismos.

Además, se creará un **Registro Provincial de Incidentes de Ciberseguridad**, que permitirá reunir información sobre los ataques, detectar problemas recurrentes, medir los tiempos de respuesta y elaborar estadísticas para mejorar la prevención.

Parte de esos datos será reservada cuando su difusión pueda comprometer la seguridad de los sistemas. La confidencialidad también alcanzará a reportes técnicos, vulnerabilidades, configuraciones, planes de recuperación, evidencias digitales y arquitectura de seguridad.

## Qué deberán hacer los organismos y proveedores tecnológicos

La ley establece un sistema escalonado para informar los incidentes, que deberá contemplar **alerta temprana, actualización inicial, informe definitivo y seguimientos** mientras la amenaza continúe activa.

Las obligaciones también alcanzarán a proveedores de **software, almacenamiento en la nube, conectividad, infraestructura, soporte y otros servicios tecnológicos** contratados por el Estado.

Estas empresas deberán informar vulnerabilidades o incidentes que puedan comprometer sistemas o datos provinciales. Los contratos tampoco podrán impedir injustificadamente la comunicación de información necesaria para prevenir o contener un ataque.

## Protección de datos y mayores exigencias para sistemas críticos

La nueva legislación establece reglas específicas para el **gobierno de datos**. La información deberá estar protegida durante todo su ciclo, desde la creación y consulta hasta el almacenamiento, respaldo, intercambio y eliminación.

Los accesos y transferencias deberán tener una finalidad institucional, contar con autorización y dejar registros que puedan ser auditados.

Para los sistemas considerados **esenciales**, las exigencias serán mayores. La Provincia podrá requerir controles reforzados de acceso, monitoreo permanente, planes de recuperación ante desastres, ejercicios de respuesta y protocolos especiales para comunicar incidentes.

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Entre las áreas que pueden quedar comprendidas se encuentran **seguridad, salud, educación, justicia, hacienda, identidad digital y servicios públicos**, cuando una interrupción pueda comprometer su funcionamiento.

La Ley 9726 incorpora un mecanismo para que **personas y empresas puedan reportar fallas de seguridad** detectadas en sistemas estatales.

La reglamentación deberá establecer un canal público y gratuito para recibir esas comunicaciones. Quienes actúen de buena fe y cumplan las condiciones previstas tendrán una protección específica, siempre que no hayan explotado, difundido ni comercializado la vulnerabilidad.

En paralelo, la normativa contempla sanciones para organismos o proveedores que incumplan las reglas. Entre las faltas graves figuran **ocultar incidentes, impedir auditorías, no aplicar estándares mínimos, brindar información técnica falsa o desobedecer instrucciones durante una emergencia informática**.

Las medidas podrán ir desde advertencias y planes obligatorios de adecuación hasta auditorías extraordinarias, restricciones de interconexión y, ante un riesgo sistémico, la suspensión de la conexión con plataformas provinciales.

Los **municipios de Mendoza** fueron invitados a adherir al sistema provincial. A su vez, el **Poder Judicial y la Legislatura** podrán designar representantes para participar en la elaboración del esquema provincial o desarrollar sus propios planes de ciberseguridad, siempre bajo los principios establecidos por la nueva legislación.

La Ley 9726 establece un esquema que combina **prevención, monitoreo, respuesta, reporte y control**, con especial atención sobre los sistemas cuya interrupción pueda afectar servicios esenciales o información sensible de la provincia.

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