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title: "Una nueva oficina en Mendoza ayudará a familias a ordenar sus deudas"
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description: "La nueva oficina de Defensa del Consumidor buscará asistir a familias con dificultades financieras y ordenar deudas de consumo."
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date_published: "2026-10-05T12:58:00-03:00"
date_modified: "2026-10-05T13:12:09-03:00"
tags:
  - "Defensa del consumidor"
  - "Deudas en Mendoza"
  - "Familias"
  - "Mendoza"
author_name: "Redacción Mendoza Times"
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category_name: "Mendoza"
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# Una nueva oficina en Mendoza ayudará a familias a ordenar sus deudas

Las **deudas en Mendoza** tendrán una nueva vía de asistencia para consumidores que atraviesen dificultades económicas graves o una situación de insolvencia personal o familiar.

La Dirección de Defensa del Consumidor puso en funcionamiento la **Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC)**, un espacio destinado a prevenir, sanear y reordenar obligaciones vinculadas con consumos.

El procedimiento será **gratuito, voluntario y de carácter administrativo y prejudicial**, por lo que busca generar una instancia de conciliación antes de otras posibles vías.

![deuda-deudora-contabilidad](/download/multimedia.normal.ba4a3418ded4fa03.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

## Quiénes pueden pedir la intervención de la nueva oficina

La OCDC podrá intervenir cuando un consumidor haya asumido obligaciones económicas dentro de una relación de consumo y atraviese una situación grave o inminente de insolvencia.

Para acceder, la persona deberá tener **domicilio real en Mendoza** y sus compromisos financieros deberán superar determinados porcentajes de los ingresos del grupo familiar conviviente.

La resolución considera que existe una situación grave o inminente de insolvencia cuando las obligaciones financieras representan:

- **Más del 30% de los ingresos mensuales netos** del grupo familiar conviviente.
- **Más del 25%** cuando se trate de hogares en situación de especial vulnerabilidad social.

La condición de especial vulnerabilidad se presume cuando en el hogar hay **menores a cargo, personas con discapacidad, jubilados o pensionados con haber mínimo, desempleados, beneficiarios de programas sociales o trabajadores informales**.

## Qué tipo de deudas pueden ingresar al procedimiento

La intervención está dirigida específicamente a obligaciones originadas en **financiamiento para el consumo**.

Entre las deudas alcanzadas se encuentran:

- Consumos realizados mediante **tarjetas de crédito**.
- **Préstamos personales**.
- Financiamiento comercial.
- Obligaciones con proveedores no financieros de crédito.
- Financiamiento mediante **plataformas financieras digitales legalmente autorizadas**.
- Créditos otorgados por **mutuales y cooperativas**.
- Otras modalidades de financiamiento destinadas al consumo.

Los reclamos podrán dirigirse contra entidades financieras y otros acreedores contemplados por la normativa, incluidos emisores de tarjetas de crédito bancarios y no bancarios, fideicomisos financieros, cesionarios de créditos de consumo y quienes realicen operaciones habituales de crédito para consumo, de manera presencial o virtual y dentro de las autorizaciones legales correspondientes.

## Qué deudas quedan afuera de la reestructuración

La resolución también establece límites para la intervención de la OCDC. No podrán ingresar al procedimiento determinadas obligaciones que no estén vinculadas con el consumo familiar.

Quedan excluidas:

- Deudas **garantizadas por hipoteca**.
- Obligaciones alimentarias.
- Multas y sanciones penales.
- Deudas derivadas de actividades empresariales o comerciales ajenas al consumo familiar.
- Obligaciones cuyo capital total supere los **100 salarios mínimos, vitales y móviles** vigentes al momento de solicitar la intervención.

## La educación financiera será parte del proceso

Además de la creación de la oficina, la resolución establece que **Defensa del Consumidor y la DGE** deberán impulsar programas de educación financiera y consumo responsable.

El objetivo será trabajar en la prevención del sobreendeudamiento y brindar herramientas vinculadas con el manejo de las obligaciones de consumo.

Para quienes soliciten el procedimiento de **Mediación de Reestructuración de Deudas de Consumo**, la participación en estos programas de educación financiera será obligatoria.

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