La Suprema Corte ordenó reincorporar a un inspector cesanteado

La Justicia provincial cuestionó las pruebas utilizadas para justificar la expulsión del agente y detectó graves inconsistencias en el sumario.
Mendoza02 de septiembre de 2026Abril MasramónAbril Masramón

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza anuló la cesantía de un inspector de canteras denunciado por presuntos pedidos de coimas y ordenó al Gobierno provincial reincorporarlo a la administración pública.

La decisión se produjo tras revisar el sumario administrativo iniciado en 2019 y detectar faltas de pruebas, contradicciones y desorden en el expediente que derivó en la desvinculación del agente en agosto de 2022.

La mayoría del tribunal consideró que las irregularidades atribuidas al trabajador no habían quedado acreditadas con elementos que pudieran ser verificados judicialmente.

Una denuncia por pedidos de dinero que terminó en cesantía

El caso se inició en 2019, cuando un explotador de una cantera de áridos ubicada en Campo Cacheuta denunció al inspector de Tierras de la entonces Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial.

Según la denuncia, el funcionario habría solicitado una colaboración mensual de $10.000 y recomendado la contratación de un asesor técnico. También se le atribuyeron pedidos de materiales y distintas actuaciones administrativas vinculadas con explotaciones de áridos.

A partir de la denuncia, el Gobierno provincial abrió un sumario y posteriormente dispuso la cesantía del empleado mediante el Decreto 1356, firmado el 9 de agosto de 2022 por el entonces gobernador Rodolfo Suarez.

La administración consideró que había cometido irregularidades graves y cuestionó la apertura de expedientes y gestiones que, según el Ejecutivo, excedían las funciones del inspector.

La Corte detectó pruebas que no pudieron ser verificadas

El trabajador recurrió a la Justicia y el expediente llegó a la Suprema Corte. Durante el análisis, los magistrados revisaron los elementos utilizados por el Gobierno para justificar la sanción.

Uno de los principales problemas fue que audios y capturas de conversaciones de WhatsApp aportados por el denunciante no habían sido incorporados formalmente al expediente judicial.

Esto impidió que el tribunal pudiera verificar el contenido de esas comunicaciones y determinar si efectivamente respaldaban las acusaciones de extorsión o pedidos irregulares.

A esto se sumó la ausencia de otro documento considerado relevante para fundamentar la cesantía: un informe atribuido a una vocal de la Agencia Provincial de Ordenamiento Territorial.

El documento aparecía mencionado como un archivo de trabajo, pero no pudo ser localizado ni consultado por el tribunal.

Contradicciones y desorden en el sumario

La Suprema Corte también encontró contradicciones en las declaraciones incorporadas durante la investigación administrativa.

Los magistrados observaron diferencias entre la denuncia inicial y declaraciones posteriores de personas vinculadas con el expediente.

Otro de los aspectos cuestionados fue el estado del sumario administrativo. El tribunal detectó fojas incorporadas de manera no sucesiva, foliaciones alteradas y movimientos registrados sin orden cronológico.

Para la mayoría de la Corte, estas deficiencias impedían establecer con suficiente certeza que las conductas atribuidas al inspector hubieran sido debidamente probadas.

El fallo concluyó que la ausencia de elementos probatorios controlables afectó además el derecho de defensa del trabajador.

images

Gómez y Palermo votaron por la reincorporación

La resolución fue aprobada por mayoría. Los ministros Julio Gómez y Omar Palermo votaron a favor de admitir la acción presentada por el empleado y anular la sanción.

En consecuencia, la Corte declaró la nulidad absoluta del Decreto 1356/2022 y de las resoluciones administrativas que habían sostenido la cesantía.

La ministra María Teresa Day, en cambio, votó en disidencia y consideró que correspondía rechazar la demanda.

Day cuestionó la decisión de reincorporarlo

En su voto, Day reconoció que el procedimiento administrativo había presentado desorden e informalidades, pero sostuvo que esas deficiencias no anulaban las irregularidades que, a su criterio, habían quedado acreditadas.

La ministra también puso el foco en las responsabilidades propias del cargo que ocupaba el trabajador y consideró que sus funciones exigían transparencia, cautela y prolijidad.

Desde esa perspectiva, entendió que las actuaciones realizadas por el inspector configuraban un exceso en las competencias que tenía asignadas.

Sin embargo, su postura quedó en minoría frente a los votos de Gómez y Palermo.

El Gobierno deberá reincorporarlo y pagar los salarios adeudados

Con el voto mayoritario, la Suprema Corte ordenó al Gobierno de Mendoza reincorporar al trabajador a la planta permanente en un cargo equivalente al que ocupaba antes de la cesantía.

Además, el Estado provincial deberá liquidar y abonar los salarios que dejó de percibir desde la cesantía de 2022 hasta el 6 de octubre de 2025, junto con los intereses legales correspondientes.

El fallo pone así punto final a un proceso iniciado por una denuncia administrativa y determina que, ante la falta de pruebas verificables y las deficiencias del sumario, no existían elementos suficientes para sostener legalmente la expulsión del agente de la administración pública.

Artículos relacionados
plan-viviendas-docentes-ipv

Vivienda docente: Mendoza aprobó el plan

Abril Masramón
Mendoza01 de septiembre de 2026
La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo, obtuvo 25 votos a favor, 1 en contra y 7 abstenciones. Ahora deberá ser promulgada y reglamentada por el Gobierno provincial para comenzar a instrumentarse.
Más leídas